Multa por disparar en zona de seguridad en Sevilla: el GPS del reloj como prueba

Perdiz roja en el campo, caza menor

Antonio, cazador de 52 años, recibe una denuncia por disparar en zona de seguridad en Sevilla, junto a un camino de uso público de la campiña. Su caso ilustra cómo una traza de GPS puede ser decisiva en un expediente sancionador de caza.

Caso ilustrativo. Este supuesto es ficticio: está elaborado a partir de situaciones habituales en la práctica profesional y no corresponde a ningún cliente real. Nombres, lugares y fechas son inventados, y cada caso es distinto: el resultado de un procedimiento no puede garantizarse.

Dato de contexto: Sevilla (Andalucía) es la provincia n.º 3 de España por licencias de armas D y E en vigor: 49.927 a 31-12-2022, según la estadística de control de armas de la Guardia Civil. Son licencias, no personas: una misma persona puede tener varias.

Los hechos: zona de seguridad en Sevilla

Una mañana de caza menor en un coto de la campiña sevillana, dos agentes de medio ambiente levantan acta: según su informe, Antonio habría disparado a escasa distancia de un camino de uso público. Él sostiene que estaba en su puesto, bastante más lejos. La denuncia se basa en la apreciación visual de los agentes y en una estimación de distancias, sin medición.

Antonio nos llama al recibir la notificación del acuerdo de inicio. Tiene un plazo corto para presentar alegaciones y proponer prueba.

Qué dice la norma sobre las zonas de seguridad

La Ley 1/1970 de Caza define las zonas de seguridad (vías y caminos de uso público, vías pecuarias, núcleos urbanos y zonas habitadas, entre otras), donde no se puede disparar. En Andalucía, portar y disparar un arma en zona de seguridad se tipifica como infracción leve en la Ley 8/2003, con multas de 60 a 600 euros. Aunque sea una infracción leve, conviene defenderse: la sanción queda registrada y puede pesar en futuros expedientes.

La defensa: prueba digital con peritaje de geolocalización

Antonio llevaba un reloj GPS que registraba su posición cada pocos segundos. Antes de que el aparato se sobrescribiera, nuestro equipo de peritos informáticos hizo una copia forense del reloj, con huella digital y acta de cadena de custodia. Después se superpuso el track sobre la ortofoto del coto y se midió la distancia real entre el puesto y el camino, indicando el margen de precisión del dispositivo.

  • Se extrajo el fichero original del reloj, sin modificarlo.
  • Se ajustó la zona horaria y se cotejó la hora con el acta.
  • Se calculó la distancia al camino y se explicó el margen de error del GPS.

En las alegaciones se solicitó la incorporación del informe pericial y una inspección ocular para comprobar las distancias. La resolución dependerá de que el instructor valore esa prueba frente a la estimación visual de los agentes.

Qué aprender de este caso sobre zona de seguridad en Sevilla

  • Conserve el reloj o el GPS y no restablezca su configuración.
  • No firme el acta sin leerla y pida copia.
  • Alegue dentro de plazo y proponga prueba concreta.
  • Un track bien preservado vale más que un recuerdo.

Si le ha pasado algo parecido, consulte nuestras páginas de multas y sanciones de caza y de peritaje de geolocalización GPS.

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