Un conductor choca con un ciervo en una carretera de la sierra de Jaén y se pregunta si puede reclamar al coto. El accidente de tráfico con un ciervo no siempre es responsabilidad del conductor: la ley prevé excepciones en las que responde el titular del coto o el titular de la vía.
Caso ilustrativo. Este supuesto es ficticio: está elaborado a partir de situaciones habituales en la práctica profesional y no corresponde a ningún cliente real. Nombres, lugares y fechas son inventados, y cada caso es distinto: el resultado de un procedimiento no puede garantizarse.
Dato de contexto: Jaén (Andalucía) es la provincia n.º 10 de España por licencias de armas D y E en vigor: 35.916 a 31-12-2022, según la estadística de control de armas de la Guardia Civil. Son licencias, no personas: una misma persona puede tener varias.
El caso: accidente de tráfico con un ciervo
Sergio conduce de noche por una carretera comarcal de la provincia de Jaén. Un ciervo cruza la calzada y el coche impacta contra él. Los daños son importantes y Sergio sufre lesiones leves. Cree que el coto cercano había celebrado una montería esa misma mañana, y que el animal huía de ella. Quiere saber a quién puede reclamar.
Qué dice la norma
La disposición adicional séptima del texto refundido de la Ley sobre Tráfico (Real Decreto Legislativo 6/2015) establece que, como regla general, responde de los daños el conductor del vehículo. Sin embargo, responde el titular del aprovechamiento cinegético (o, en su defecto, el propietario del terreno) cuando el accidente sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de caza mayor realizada el mismo día o concluida doce horas antes. También puede responder el titular de la vía si no repuso la valla de cerramiento a tiempo o no puso la señalización específica de animales sueltos en tramos de alta accidentalidad.
Qué hay que acreditar
- Si hubo cacería: fecha, hora y lugar de la montería o batida y su relación con el punto del accidente.
- Dirección del animal: procedencia y recorrido probable.
- Estado de la vía: vallado, señalización y tramo de especial riesgo.
- Circunstancias del conductor: velocidad y condiciones de visibilidad.
- Atestado y fotos: informe de la Guardia Civil y fotografías del lugar.
El plazo temporal de doce horas hace especialmente importante contar con datos precisos de la hora del accidente y de la cacería.
El valor de los datos digitales
La hora del accidente puede apoyarse en el registro del móvil, el vehículo conectado o el aviso al 112; la actividad cinegética, en los permisos de la montería, los tracks y los mensajes del grupo. Un peritaje informático ordena todas esas fuentes en una cronología coherente y comprobable.
Qué hacer tras un atropello con fauna sobre accidente de tráfico con un ciervo
- Señalice el vehículo, avise al 112 y espere a los agentes.
- Haga fotografías de la vía, del animal y de los daños.
- Anote hora, kilómetro y sentido de la marcha.
- Solicite copia del atestado y consulte antes de reclamar.
Más información en accidentes de caza y peritaciones informáticas.

